Las entidades bancarias tienen que abonar los gastos de formalización de aquellas hipotecas firmadas antes de junio de 2019 si impusieron estos gastos al consumidor. Los bancos tienen que devolver el 50% del coste de la Notaría y el 100% de los gastos de Registro de la Propiedad, gestoría y tasación. A estas cantidades habrá que sumar los intereses que se hayan generado hasta la fecha en la que se proceda a la devolución. ¿Pero afecta la condición de VPO a la reclamación de gastos hipotecarios?
¿Puedo reclamar si mi vivienda es de protección oficial?
La respuesta es afirmativa. Sí que se pueden reclamar los gastos de formalización de hipoteca en aquellos casos en los que el préstamos se solicitó para compra de Vivienda de Protección Oficial (VPO). En este sentido, la condición de la vivienda resulta indiferente para poder reclamar los gastos hipotecarios. El hecho de que la hipoteca se destinara a la adquisición de VPO no va a interfiere en la reclamación.
La nulidad de la cláusula no se ve afectada por la situación de la vivienda. La entidad tendrá que devolver cantidades si los gastos fueron impuestos al consumidor -algo que ocurre en prácticamente todas las hipotecas firmadas hasta 2019-. Si la cláusula es abusiva, el banco tiene que devolver el dinero que el cliente abonó indebidamente en el momento de la firma del préstamo.
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